Se amplía la fecha de obligatoriedad de uso de medios electrónicos para las gestiones con la Administración

Se amplía la fecha de obligatoriedad de uso de medios electrónicos para las gestiones con la Administración

Publicado el 17/09/2018

Todos los profesionales que ejerzan una actividad para la que se requiera colegiación obligatoria, entre ellos los dentistas, estarán obligados a realizar mediante medios electrónicos los trámites y actuaciones con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.

Según lo contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , la fecha prevista de aplicación era el 2 de octubre de 2018, pero tras la publicación el 4 de septiembre del Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas., se ha modificado la disposición final séptima de la Ley 39/2015, en el sentido de que amplía el plazo para su aplicación en dos años; es decir, que entrará en vigor el 2 de octubre de 2020. La justificación se puede leer en el Apartado VI del preámbulo del citado Real Decreto.